DETRAS DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC)

Mediante Resolución Ministerial N° 030-2024-EF/15, el Ministro de Economía y Finanzas (MEF) realizó la actualización de los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) aplicables al cigarro, tabaco recalentado y las bebidas alcohólicas. Medida que, de manera gradual, empezará a regir desde marzo del presente año, previa aprobación de un cronograma que será publicado en el transcurso del mes de febrero.

Al respecto, cabe comentar lo siguiente:

  1. Se trata de un impuesto de monto fijo y que su actualización está en función del aumento de precios de los bienes gravados. Se aplica cuando registren un incremento mayor al 1% de su precio respecto al año anterior.
  2. En el año 2023 no se aplicó el aumento del ISC, por lo que se presenta un rezago en la aplicación del impuesto.
  3. Es un impuesto específico que grava determinados bienes y busca desalentar su consumo por su incidencia en la salud de la población.

El peso que tradicionalmente tiene el ISC, incluyendo el combustible, no supera el 10% de la recaudación total y los bienes gravados por la Resolución Ministerial, en el mejor de los casos representan solo el 5%, por lo que su impacto en la recaudación es relativamente bajo y, en consecuencia, cabe presumir que la intención del Gobierno, no es la cubrir el crecimiento del déficit fiscal, debido a la baja en la recaudación que produjo  la recesión registrada en el año 2023, sino tener como línea de política fiscal mayores imposiciones. 

Alimenta esta presunción, el hecho  de que el Congreso de la República, en los últimos meses, viene dictaminando leyes que son promulgadas por el Gobierno, donde se exceptúan el pago de impuestos a determinados sectores y gremios empresariales. Además, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año 2024, registra un incremento del 12.1% en relación al año 2023, propiciando un desequilibrio fiscal que debe ser atendido por el camino de  mayores préstamos o mayores ingresos fiscales, aun cuando sean de menor impacto recaudatorio, como es el caso del incremento del ISC.

Por su parte, los empresarios bodegueros que son la parte final, de la cadena de producción y comercialización de estos productos, expresan sus demandas por el impacto adverso que tendrán en sus ventas, la aplicación de la actualización del ISC al cigarro, tabaco recalentado y bebidas alcohólicas, mostrando su disconformidad con esta medida. Si bien todo nuevo impuesto o actualización afecta a la economía, debemos señalar que, dentro de la canasta de productos que expenden los bodegueros, los gravados por el ISC están perdiendo participación, por los mismos motivos que ellos alegan; es decir por la recesión, desempleo y caída de la capacidad adquisitiva de la población.

En realidad, ante la política fiscal adoptada por el Gobierno, que está incidiendo en el déficit fiscal, nuestra preocupación debe estar orientada a conocer cómo se financiará el déficit, que probablemente podría ser con mayores préstamos y, tal vez, complementada, inicialmente   con un incremento del ISC a los combustibles y luego a las ganancias u otros creativos impuestos, sin atacar el problema de fondo que es la reducción de los gastos para equilibrar el déficit fiscal.

La decisión gubernamental de reducir los gastos públicos, es una medida nada populista y más bien algunos dirían que es políticamente incorrecta, además de ser técnicamente más laboriosa y compleja, requiriendo un equipo afiatado  y  convencido de aplicarla, pero no cambiar el rumbo de la política fiscal y de presentarse el escenario descrito, la actualización del ISC a los productos señalados, será el primer paso de nuevas cargas impositivas, que afectarían el desarrollo de las actividades económicas del país.